Doce años de encierro dictó la juez de Distrito Penal de Juicio, doctora Elizabeth del Carmen Corea Morales, en contra de un individuo quien fue encontrado culpable por el delito de violación en contra su hijastra adolescente.
Parientes del violador, en su momento cuestionaron el fallo de culpabilidad emitido por la juez Corea en contra del reo, y la acusaron ante los periodistas de haber emitido el mismo por presiones, que según ellos ejercieron grupos de mujeres quienes se manifestaron en varias ocasiones frente a las instalaciones judiciales pidiendo un veredicto de culpabilidad.
Apegada a Derecho
La judicial antes y ahora ratificó que ella actuó apegada a las leyes.
“El Ministerio Público lo acusó por el delito de violación agravada en perjuicio de una adolescente y en el juicio lo demostró con pruebas. Después de haber escuchado la prueba de cargo y descargo, esta autoridad consideró que hubo suficientes elementos probatorios y de convicción para declarar culpable al reo”, aseveró con aplomo la juez.
“En la sentencia número 46-14 según la ley motivé (argumentos) los elementos de hecho y derecho por los cuales consideré que esa persona había mostrado esa conducta”, expresó.
La juez calificó el delito como violación agravada, argumentando que el reo convivía desde siete años con la madre de la menor, por lo que existía una relación de confianza y de superioridad porque Torres, según dijo, es un adulto, y la víctima una menor de edad.
De acuerdo con el cuadro fáctico acusatorio presentado por la Fiscalía, Torres abusó sexualmente de su hijastra de manera consecutiva durante cuatro años.
La sentencia
Por su parte el fiscal auxiliar Arsenio Medina reconoció que el reo solo tenía un agravante.
“La ley establece que la pena en estos casos va de 12 a 15 años de presidio. Como solo se demostró un agravante, se solicitó a la juez la aplicación de los doce años de cárcel, que es la pena mínima”, recalcó.
“La pena es ajustada a Derecho y es a la ley, en ese proceso en particular, a la que le da la satisfacción”, señaló el fiscal.
Por su parte los familiares del acusado indicaron que apelarán de la pena impuesta por la doctora Corea, por estar en desacuerdo con esta.
El proceso se llevó en los tribunales ordinarios, porque de acuerdo a la acusación formulada por la Fiscalía, la violación agravada fue cometida hace cuatro años, cuando la Ley 779 no se había promulgado, ni estableciendo Juzgados especializados.
MAXIMO RUGAMA/END
Parientes del violador, en su momento cuestionaron el fallo de culpabilidad emitido por la juez Corea en contra del reo, y la acusaron ante los periodistas de haber emitido el mismo por presiones, que según ellos ejercieron grupos de mujeres quienes se manifestaron en varias ocasiones frente a las instalaciones judiciales pidiendo un veredicto de culpabilidad.
Apegada a Derecho
La judicial antes y ahora ratificó que ella actuó apegada a las leyes.
“El Ministerio Público lo acusó por el delito de violación agravada en perjuicio de una adolescente y en el juicio lo demostró con pruebas. Después de haber escuchado la prueba de cargo y descargo, esta autoridad consideró que hubo suficientes elementos probatorios y de convicción para declarar culpable al reo”, aseveró con aplomo la juez.
“En la sentencia número 46-14 según la ley motivé (argumentos) los elementos de hecho y derecho por los cuales consideré que esa persona había mostrado esa conducta”, expresó.
La juez calificó el delito como violación agravada, argumentando que el reo convivía desde siete años con la madre de la menor, por lo que existía una relación de confianza y de superioridad porque Torres, según dijo, es un adulto, y la víctima una menor de edad.
De acuerdo con el cuadro fáctico acusatorio presentado por la Fiscalía, Torres abusó sexualmente de su hijastra de manera consecutiva durante cuatro años.
La sentencia
Por su parte el fiscal auxiliar Arsenio Medina reconoció que el reo solo tenía un agravante.
“La ley establece que la pena en estos casos va de 12 a 15 años de presidio. Como solo se demostró un agravante, se solicitó a la juez la aplicación de los doce años de cárcel, que es la pena mínima”, recalcó.
“La pena es ajustada a Derecho y es a la ley, en ese proceso en particular, a la que le da la satisfacción”, señaló el fiscal.
Por su parte los familiares del acusado indicaron que apelarán de la pena impuesta por la doctora Corea, por estar en desacuerdo con esta.
El proceso se llevó en los tribunales ordinarios, porque de acuerdo a la acusación formulada por la Fiscalía, la violación agravada fue cometida hace cuatro años, cuando la Ley 779 no se había promulgado, ni estableciendo Juzgados especializados.
MAXIMO RUGAMA/END
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